Cuando pensamos en adquirir una nueva mascota, siempre debemos plantearnos cuáles son los requisitos mínimos que exige la ley para la tenencia de esa especie animal, y cuáles son los requisitos mínimos para su salud y la de la familia. En este post, vamos a tratar los requisitos mínimos que debemos cumplir si tenemos un PERRO, GATO o HURÓN.

Tratamientos sanitarios obligatorios

Según el apartado 1. del artículo 10 de la Ley 4/1994, de 8 de julio,

se establecen las siguientes pautas de tratamientos sanitarios obligatorios:

VACUNACIÓN DE LA RABIA

La vacunación antirrábica de los perros, gatos y hurones será obligatoria siguiendo las pautas que se indican a continuación:

La administración de la VACUNA de la RABIA se realizará entre las 12 y las 16 semanas de vida. En animales adquiridos con más de 16 semanas, la vacunación deberá realizarse en la primera visita al veterinario si fuese posible.

Se efectuará una REVACUNACIÓN posterior con una dosis de recuerdo TRANSCURRIDO UN AÑO desde la primera dosis.

A partir de ese momento, la revacunación será obligatoria según las especificaciones de la marca de vacuna administrada, así que será tu veterinario el que te indique la fecha de revacunación según las especificaciones técnicas de la marca de la vacuna. No obstante, la mayoría de marcas de vacuna de la rabia indican REVACUNACIÓN ANUAL.

DESPARASITACIÓN 

Es obligatoria la desparasitación de perros, gatos y hurones contra la EQUINOCOCOSIS.

Deberá prescribirla tu veterinario y deberá hacerla constar en el pasaporte/cartilla al menos una vez al año.

Más allá de los mínimos que establace la legislación, para aumentar la prevención de esta y otras enfermedades, puede aumentarse la periodicidad de prescripción a cada 3 meses.

Identificación de los animales de compañía

Según la ORDEN de 25 de septiembre de 1996, de la Conselleria de Agricultura y Medio
Ambiente, por la que se regula el sistema de identificación de los animales de compañía:

IDENTIFICACIÓN MEDIANTE MICROCHIP 

La identificación de los PERROS mediante la IMPLANTACIÓN DEL MICROCHIP y la EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE, deberá realizarse antes de las 12 semanas de vida o en el mes siguiente a su adquisición en el caso de animales adquiridos con más edad. Estas disposiciones serán de aplicación para perros que se encuentren habitualmente en el territorio de la Comunidad Valenciana, independientemente de que vayan a viajar o no.

En el caso de GATOS y HURONES, la IMPLANTACIÓN DEL MICROCHIP y la EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE sólo serán obligatorios en el caso de que vayan a viajar dentro o fuera de la UE.

Es obligatorio, pero… ¿realmente es importante?

Más allá de lo que la legislación imponga, piensa que son tres medidas básicas de SALUD para tu mascota y para tu FAMILIA.

La EQUINOCOCOSIS es una enfermedad parasitaria muy grave que se puede transmitir a los humanos (lo que se conoce como ZOONOSIS) afectando a hígado, pulmones o incluso cerebro y que puede producir la muerte. Desparasita periódicamente a tu mascota para prevenirla.

El principal transmisor de la RABIA es un tipo de murciélago presente en África. Los medios de transporte entre África y España son una posible vía de entrada de la enfermedad en nuestro país. Es también una zoonosis mortal, por tanto, vacuna a tu mascota pera prevenirla.

En caso de que tu mascota se pierda, el MICROCHIP aumenta las posibilidades de poder localizarlo, sólo es necesario que un veterinario o la policía lean su código para poderse poner en contacto contigo.

Recomendaciones para adoptar-comprar una mascota

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies